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SERVICIO TEMPORAL DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO |
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Si usted es una persona natural o
jurídica y requiere la instalación de redes de acueducto y alcantarillado
temporalmente en obras en construcción y espectáculos públicos no
permanentes u otros servicios no residenciales de carácter ocasional, con
una duración no superior a un año, prorrogable, debe solicitarlo ante la
Empresa.
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Dependencia que atiende
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Dirección Apoyo Técnico |
Dirigido a
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Personas naturales y jurídicas mayores de edad.
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Requisitos y documentación
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Pasos a seguir
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Realizar solicitud y entregar
la documentación requerida de acuerdo al punto de atención más cercano.
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Período y vigencia
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El trámite puede ser realizado en
cualquier momento y tiene una vigencia de un (1) año prorrogable a dos
(2) años. |
Costos
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- El trámite no tiene costo.
- La mano de obra y
los materiales si conllevan un costo el cual es cargado en la factura
del servicio y depende del tipo del tipo de labor a realizar. Ver
Tarifas de Conexión
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Resultado y plazo respuesta
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Correo certificado de aprobación
o rechazo de la solicitud. Veintiún (21) días
hábiles. |
Normatividad y regulación
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Resolución 964 de 2010:Reglamentación de Urbanizadores y
Constructores de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
.Artículo 55.
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Decreto 302 de 2000:
Gobierno Nacional, por el cual reglamenta la Ley 142 de 1994 en materia de prestación
de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.
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Resolución 362 de 2003:
Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios temporales
que presta la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
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Sedes y puntos de atención
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SERVICIO TEMPORAL DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO |
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